Actualización de la Política

Actualización de la Política

Es un instrumento de planificación y gestión de los espacios costeros y marítimos, aprobado mediante el decreto supremo N° 475 de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional, que orienta las acciones del Estado y propende a acrecentar la conciencia de todos los actores privados y sociedad civil de la vida nacional, hacia un desarrollo equilibrado y armónico de tales espacios. Se reconoce que se trata de un recurso limitado que permite múltiples usos y actividades, por ello, la Política a través de sus objetivos, busca fundamentalmente la elaboración de zonificaciones de usos preferentes que permitan compatibilizar las distintas actividades, considerando la realidad geográfica de los sectores y la protección del medio ambiente, a fin de posibilitar el óptimo aprovechamiento de sus potencialidades.

 

La Política estableció su ámbito de aplicación, en lo que denomina Borde Costero de Litoral, el que comprende los terrenos de playa fiscales ubicados dentro una franja de 80 metros de ancho, medidos desde la línea de la más alta marea de la costa del litoral, la playa, las bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la República, sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional.

 

Asimismo, la Política instauró una estructura orgánica a cargo de impulsar su implementación, considerando lineamientos básicos contenidos en la zonificación preliminar elaborada por el Ministerio de Defensa Nacional (1997), encabezada por la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero (CNUBC), rol que fue entregado en el nivel regional a las Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero (CRUBC), de integración público-privada.

La política constituyó un hito en materia de gestión costera en Chile, buscando seguir las recomendaciones e instrumentos internacionales de la época, como por ejemplo, aquellos emanados de La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en Río de Janeiro en 1992, también conocida como la “Cumbre para la Tierra”, sin embargo, su implementación ha sido compleja, lo que ha dificultado su aplicación en el tiempo, especialmente dada la escasez de instrumentos de ordenamiento costero regionales y locales como las Zonificaciones de Uso del Borde Costero.

 

A casi tres décadas de la dictación de la política, en base a una evaluación de sus contenidos y resultados, ha sido posible identificar brechas y debilidades que se evidencian en distintas problemáticas territoriales, lo cual justifica y exige la realización de un proceso de actualización que releve la necesidad de considerar una perspectiva integral del territorio, vital para asegurar la calidad de los servicios ecosistémicos que entregan las áreas litorales, a lo que suma el actual contexto de urgencia climática que enfrenta Chile y el mundo, y que afecta especialmente al territorio costero del país.

La actualización de la PNUBC, busca establecer un marco que promueva la gestión integrada de los ecosistemas costeros por parte de los órganos de la Administración del Estado que tienen competencia o que participen de acciones que se emprenden o deben ser desarrolladas dentro de estos espacios, recogiendo el concepto de Zona Costera introducido por la Ley N° 21.455, Ley Marco de Cambio Climático, que reconozca la interconexión y las interacciones entre los diferentes sistemas que la componen, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida de las comunidades humanas, en particular, las que dependen de los recursos costeros, junto con mantener la biodiversidad y la productividad que caracteriza a dichos territorios.

 

Para el logro de este fin se pretende avanzar en objetivos de planificación concretos, que apunten a un desarrollo sustentable de la zona costera, lo que implica lograr un equilibrio entre el desarrollo económico y social, la preservación del patrimonio cultural, el respeto de los saberes tradicionales y los diversos modos de vida e integridad ecológica en beneficio de la población en su conjunto.

La actualización de la Política se desarrollará con aplicación del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), regulado en la Ley N° 19.300 y en el D.S. N° 32 de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la EAE, el que permitirá asegurar la vinculación con materias ambientales y de sustentabilidad, no solo en su rediseño, sino también en su implementación y posterior evaluación.

 

De esta manera, el proceso de elaboración de la nueva política estará asociado al cumplimiento de las etapas, plazos y requisitos establecidos para el procedimiento de EAE, el que coordina la participación de todos los actores clave, tanto públicos como privados. El procedimiento de EAE comienza con la publicación en el Diario Oficial de un extracto de la resolución del Ministerio de Defensa Nacional que dé inicio formal al proceso. (Artículos 14 y siguientes del D.S. N° 32 de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la EAE).

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